Todos los documentos o formularios que citamos en el artículo, para tu comodidad, los puedes encontrar en nuestra área de formularios.
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Recuerda que siempre puedes contactar con nuestros Helpers para resolver cualquier duda.
Encontrarás las fuentes con las que hemos elaborado este artículo. Siempre puedes consultar y profundizar en ellas.
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Cuando comienzas a vivir en Italia son muchas las cosas que cambian en tu nueva vida o experiencia, una de ellas es también la relación con la Agencia Tributaria de tu país. Por eso hemos creado esta serie de 4 entregas hablando de la imposición para los no residentes españoles.
En esta nueva entrega te vamos a hablar de la Agencia Tributaria Española (AEAT) y su Renta para no Residentes Españoles (IRNR) con el modelo 210.
Uno de los primeros pasos a nivel relacional con la AEAT es
cambiar tu residencia fiscal a través del modelo 030 , ¿todavía no sabes cómo hacerlo?
Pues tienes que leer la entrada que el equipo te preparó en su día.
Además es importante que empieces a familiarizarte con
el nuevo argot fiscal de los No residentes, el modelo 210, que coincide con el modelo de impuesto de sociedades, y los nuevos tipos impositivos.
Por eso hemos creado esta serie monográfica sobre la renta para los residentes.
¿Necesitas una presentación breve sobre el sistema fiscal español cuando estás fuera de España? Te aconsejemos que visites
la presentación que ya hicimos hace unos meses a todos los usuarios.
En la comunidad unmadrilenoeneuropa.es y vivireneuropa.eu hablamos más de 200 temas diferentes muy útiles si eres un expatriado en Italia. Además puedes contar con la figura de los Helpers que son expertos en diferentes materias que te podrán ayudar en tus gestiones. Contacta con ellos.
Por cierto antes de continuar te diremos que si el inmueble del cual eres propietario es una renta adicional por alquiler del mismo, deberás declararlo siguiendo otro tipo de gravamen y
proceso que te explicamos aquí.
Las fuentes y la información es algo que nos tomamos muy en serio en nuestra comunidad. Por eso antes de profundizar en esta nueva entrega sobre fiscalidad e impuestos, te dejamos las fuentes en las que se ha basado el equipo de redacción para completar este artículo.
Fuentes:
AEAT -
Forma Italia -
Gobierno de Italia - CAF Acli -
vivireneuropa-
Vivir en España
Pues si todo lo anterior ya lo tienes dominado significa que ya estás preparado para conocer el comportamiento del IRNR
cuando tienes una casa en propiedad en España y la usas tu mismo sin alquilarla.
Para realizar la autoliquidación e ingreso debe presentar
el modelo 210 de declaración del Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR).
Para ello deberá acceder al portal de internet de la Agencia Tributaria y, cumplimentando el formulario de pre-declaración, se generará un PDF con el modelo210 y unas instrucciones.
El plazo de presentación e ingreso será el año natural siguiente a la fecha del devengo (31 de diciembre de cada año). En caso de presentación telemática, puede domiciliarse el pago de la deuda tributaria desde el 1 de enero al 23 de diciembre.
Estamos hablando siempre de inmuebles urbanos que no están alquilados y que son de uso propio.
El tipo de gravamen dependerán de cuándo se reviso el valor catastral del inmueble y la base imponible acorde a la normativa de IRPF.
Ej, Se deberá computar como renta el 1,1 por 100 (1,1%) del valor catastral del inmueble cuyo valor catastral haya sido revisado o modificado y haya entrado en vigor en el período impositivo o en el plazo de los diez períodos impositivos anteriores. Se deberá computar como renta el 2 por 100 (2%) en los demás casos.
Mi hermana Juana María Sánchez,
con residencia fiscal en Italia es propietaria de un apartamento situado en Cádiz que fue adquirido en 2001 por 130.000 euros, gastos e impuestos incluidos.
El valor catastral ha sido revisado y entrado en vigor el pasado 2019 asciende en el ejercicio 2020 a 60.000 euros.
En el año 2020 el apartamento no fue alquilado.
¡Sabemos que genera un poco de vértigo el tema de los impuestos! Pero estamos para ayudarte, esperamos que con esta serie tengas todo más claro.
Recuerda, como te hemos dicho al principio, que si tienes cualquier duda te puedes poner en contacto con nuestros helpers (de este artículo o de cualquier otra cuestión que te inquiete). ¡Aprovechamos para saludarles por el gran trabajo que realizan en la Comunidad! Nos despedimos esperando haberos ayudado.
Por cierto, si acabas de llegar a Italia o conoces a alguien que lo ha hecho, te recomendamos que te descargues nuestra Guía de Primeros pasos en Italia. Es totalmente gratuita y está realizada por todo el equipo para que ayudarte en todas las etapas.
Si tienes cualquier comentario o quieres complementar, y compartir información con todos los usuarios nos puedes dejar un mensaje. ¡Estaremos encantad@s!
¡Esperamos que te sea útil!
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Esta información no constituye bajo ningún concepto asesoramiento jurídico, sirviendo sólo a efectos informativos. En caso de necesitar asesoramiento debe ponerse en contacto con los Helpers.
Debe tenerse en cuenta que la normativa de cualquiera de los países analizados así como los procedimientos establecidos pueden cambiar en cualquier momento y sin previo aviso. La veracidad y la información es muy importante para nosotros. Por eso encontrarás en el artículo todas las fuentes oficiales y colaboradores que han participado en este artículo. Si quieres aportar a este artículo contacta con nosotros.